Pág. 1 de 1 :   1 

raul7566
22 de septiembre, 2011
cyn3907  no hay preguntas tontas, más bien se dan a veces respuestas tontas.
Puedes comprar y vender tantas veces como quieras, pero ten en cuenta que cada operación que realices lleva consigo una comisión.
Hacienda te quita un 18% de las plusvalias pero realmente no se como funciona si compras y vandes a saco. Tengo entendido que hay compensaciones entre perdidas y ganancias entre mismos valores. Esto creo que _Admin o Kikebalcar te lo podrían explicar mejor, y así me entero yo tb.

23 de septiembre, 2011
Kikebalcar ha opinado varias veces sobre el tema de hacienda. Recojo aquí algunos de sus comentarios:



Saludos

23 de septiembre, 2011
ahora recuerdo xk se me kitaban las ganas de invertir...... y especular... x muy baratas ke esten las compañias los impuestos lo estan aun mas caros!!!!!

23 de septiembre, 2011
kiza cuando no sea tan caro invertir/especular.... o cuando tenga una cuenta en las islas caiman  empieze.... has ta entonces os advierto ke me vereis mucho tiempo por aki!!!!

23 de septiembre, 2011
Cyn.

Si, para no tener problemas con Hacienda, lo mejor es hacer un registro de todas las operaciones en una hoja de calculo y si ademas operamos intradia o  a muy corto plazo sobre diversos valores, mejor todavia hacer un registro por valor donde figura nombre de valor, fecha de compra, cantidad de acciones, precio compra, gastos de compra , fecha de venta, cantidad, precio venta, gastos venta... asi de esta manera al hacer la declaracion de renta sera mas facil y en el caso de tener una discrepancia con hacienda sera mas facil de aclarar.

Pues el tipo de impuesto no es tan elevado, comparativamente es mas gravoso el IRPF, que esta aplicado sobre lo que uno trabajo y gano con el sudor de su frente, como se suele decir, y eso duele.... sinembargo en el caso mobiliario el dinero ha trabajado por su dueño.... no me importaria pagar a hacienda en mi proxima declaracion 20.000€ por ejemplo... o mas


Si mal no recuerdo, hay un minimo inicial exento de contibucion , creo que son los 1500€ iniciales .  El resto tributa a 19 o 20%, que a diferencia con los intereses obtenidos en cuentas bancarias, que hay que pagarlos en el momento que el banco te abona esos intereses, con los beneficios obtenidos en bolsa se abonaran cuando se haga la declaracion.... es decir que si eres un lince en bolsa preparate a ir guardando un 20% de esos beneficios para luego darselos a hacienda cuando te declares a ella.

Otra cosa a tener en cuenta es compensar perdidas con beneficios, si se realizan operaciones sobre un mismo valor se debe de guardar un periodo de 2 meses para poder compensar de lo contrario a la hora de declarar siempre tendremos beneficios aunque en total tengamos perdidas sobre ese valor.

23 de septiembre, 2011
Excelente como siempre Kike. En tono de broma, para mantener la simetría estaría bien que, en caso de pérdidas, Hacienda te pagase a ti el 20% de las pérdidas :-)

23 de septiembre, 2011
Cyn.

En cuanto a tu segunda pregunta no se si ha quedado explicado en el anterior post.

Cuando compra y luego vendes (o ala inversa por ejmplo con CFDs) si tienes beneficios el broker te ingresa esos beneficios netos (beneficios brutos - gastos), no hay ninguna retencion a cuenta para Hacienda.
Es logico porque como Hacienda permite compensar perdidas con ganancias en el mismo año, queda pendiente a la realizacion de la declaracion de renta en el año siguiente.
Sin embargo si tieenes cualquier tipo de cuenta de alta remuneracion con un banco, el banco cuando te abona los intereses si te hace una retencion.

Me olvidaba decir que las perdidas se pueden compensar en años posteriores, hasta el cuarto o quinto año.

23 de septiembre, 2011
Admin totalmente de acuerdo.

Pero esa medida de los dos meses, creo que solo se aplica en España, porque somos diferentes.

Yo soy de la opinion de que si uno quiere especular, digo especular que no invertir, es decir dedicarte al intradia, que no te penalicen de esa manera... prefiero que me aplican en los beneficios un % superior en esas operaciones intradiarias aunque fuera un 30% y poder compensar siempre perdidas con ganacias.

Creo que esta medida, de los dos mese de cuarentena, es una medida protecionista de los mercados, similar a la prohibicion temporal de cortos sobre bancos.


↑ Subir
Pág. 1 de 1 :   1 
Mensaje: